La Cámara de Diputados italiana aprobó ese martes el polémico decreto-ley (36/2025) que le puso un cepo a la ciudadanía italiana para miles de personas, entre ellos muchísimos argentinos que venían armando sus carpetas para reunir la documentación necesaria y luego intentar el tan ansiado turno en los Consulados.
Así, se convalidó lo que ya había votado el Senado la semana pasada, que impuso restricciones, que realmente atentan contra los preceptos constitucionales italianos.
Ahora bien, con la normativa actual a la espera de la firma
de Meloni para estar vigente, quedan dos caminos legales para poder obtener la
ciudadanía:
· 📍 Por un lado, a través de un permesso di
soggiorno, un permiso de residencia para que después de dos años de
vivir legalmente en alguna comuna de Italia se pueda iniciar el
proceso de ciudadanía.
· 📜 Mientras que también se puede ir por la vía
judicial mediante un juicio por derecho de nacimiento. En esta modalidad, se
firma un poder ante un abogado para que comience el proceso en Italia. Con esta vía lo que se pretende es declarar
inconstitucional el decreto, porque quien está presentando la documentación
nació previamente al 27 de marzo de 2025, con lo cual está regido bajo la
vieja ley de ciudadanía italiana.
🔎¿Cómo va a ser el trámite para pedir la ciudadanía en Italia? 🔍
Todavía falta que el gobierno italiano reglamente la
aplicación de la ley, por lo cual esto no está aún claro. Seguramente lo que
ocurra es que una vez en Italia, la persona tenga que tramitar el permesso
di soggiorno (permiso de residencia), que le permita vivir y trabajar
por dos años, para una vez cumplido ese plazo realizar el pedido de ciudadanía.
Es paradójico y frustrante pensar en cómo los ciudadanos italianos fueron recibidos sin impedimentos en América, forjando sus vidas y familias en países como Argentina, Brasil y Uruguay. Ahora, en un giro del destino, a la gran mayoría de sus descendientes se les impide acceder a la nacionalidad de sus raíces.

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